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PC 431

Para declarar el día 1 de febrero de cada año como, “Día de Solidaridad con los Pacientes de Ansiedad, Depresión y Estrés”; ordenar a la Departamento de Salud de Puerto Rico, desarrollar y coordinar, junto a entidades locales e internacionales, aquellas actividades necesarias a los fines de concienciar a la ciudadanía sobre esta condición psiquiátrica que se caracteriza por un bajo estado de ánimo, sentimientos de tristeza y pérdida de interés, además se asocia con alteraciones del comportamiento, del grado de actividad y del pensamiento; y para otros fines relacionados.

2025-2028 Session

Declara cada 1 de febrero como Día de Solidaridad con pacientes de ansiedad, depresión y estrés y ordena al Departamento de Salud coordinar campañas de concienciación.

Retirada por su Autor
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WeVote Research Nonpartisan
Bill Summary · PC 431

Resumen Legislativo: PC 431

Visión general

PC 431 propone declarar el 1 de febrero de cada año como el “Día de Solidaridad con los Pacientes de Ansiedad, Depresión y Estrés” y ordena a la Departamento de Salud de Puerto Rico (DHP), junto a entidades locales e internacionales, desarrollar y coordinar actividades para concienciar a la ciudadanía sobre esta condición psiquiátrica, descrita como un bajo estado de ánimo, sentimientos de tristeza y pérdida de interés, asociada a alteraciones del comportamiento, del grado de actividad y del pensamiento. Además, establece que estas acciones se realizarán para otros fines relacionados.

Provisión(es) clave

  • Declaración oficial del 1 de febrero como Día de Solidaridad.
  • Orden a la Departamento de Salud de Puerto Rico para:
    • Desarrollar y coordinar actividades de concienciación.
    • Colaborar con entidades locales e internacionales.
    • Dirigir dichas actividades a la ciudadanía para aumentar la comprensión y visibilización de la ansiedad, depresión y estrés.
  • Alcance para otros fines relacionados (ambito amplio de implementación, sujeto a lo establecido en el texto).

Sujetos y afectados

  • Afectados directos: Personas que padecen ansiedad, depresión y/o estrés.
  • Afectados indirectos: Familias, cuidadores, proveedores de servicios de salud y la comunidad en general.
  • Entidades involucradas: Departamento de Salud de Puerto Rico y socios locales e internacionales (públicos y/o privados) que participen en campañas de concienciación y educación.

Aspectos procedimentales y cronología

  • Radicado: 21 de marzo de 2025.
  • Primera lectura en Cámara: 25 de marzo de 2025.
  • Referido a comisiones: 25 de marzo de 2025.
  • Estado final: Retirada por su Autor el 28 de agosto de 2025 (PC 431 retirado); por tanto, no avanzó hacia voto en plena o sanción como ley.
  • Implicación práctica del estatus: Actualmente, el texto no tiene fuerza legal en vigor; podría reintroducirse en el futuro con ajustes.

Impacto potencial (si se hubiera aprobado)

  • Mayor visibilidad y comprensión pública sobre la ansiedad, la depresión y el estrés.
  • Coordinación de campañas informativas y posibles colaboraciones entre entidades locales e internacionales.
  • Potencial establecimiento de actividades anuales de sensibilización apoyadas por el DHP, aunque no se especificaron fondos dentro del texto disponible.

Notas finales: Aunque PC 431 fue introducido y pasó por lectura y referencia en 2025, fue retirado por su autor y, por tanto, no se convirtió en ley. Si se reintroduce, podría incluir detalles adicionales sobre financiamiento, alcance de actividades y mecanismos de evaluación.

Compiled from official sources — confirm details with the bill’s official record.

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