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PS 23

Para crear la “Ley Uniforme de Procedimientos para el Cobro de Deudas del Gobierno de Puerto Rico”, mejor conocida como la “Ley del Recobro”, a los fines de establecer el proceso de notificación, tramitación, radicación y ejecución de sentencias de las acciones de cobro de deudas al Gobierno basadas en los hallazgos de acciones de cobro pendiente según fueran identificadas por el Contralor de Puerto Rico y por la Comisión Conjunta sobre Informes Especiales del Contralor, o deudas al Gobierno de Puerto Rico cuyas gestiones de cobros son realizadas por las propias Agencias o Entidades Gubernamentales que componen el Gobierno de Puerto Rico; y para otros fines relacionados.

2025-2028 Session

Establece un marco procesal uniforme para notificar, tramitar, radicar y ejecutar sentencias de cobro de deudas al Gobierno de Puerto Rico.

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Bill Summary · PS 23

Resumen del Proyecto de Ley PS 23 — “Ley del Recobro”

Propósito principal

El Proyecto de Ley PS 23 crea la “Ley Uniforme de Procedimientos para el Cobro de Deudas del Gobierno de Puerto Rico” (conocida como la “Ley del Recobro”). Su objetivo es establecer un marco procesal uniforme para la notificación, tramitación, radicación y ejecución de sentencias en acciones de cobro de deudas al Gobierno, tanto cuando esas deudas fueron identificadas por la Contraloría de Puerto Rico y la Comisión Conjunta sobre Informes Especiales del Contralor, como cuando las gestiones de cobro son realizadas por las agencias o entidades gubernamentales mismas.

Principales disposiciones (resumen)

  • Establece procedimientos estándar para:
    • Notificación a los deudores sobre hallazgos o adeudos.
    • Tramitación administrativa interna de las acciones de cobro.
    • Radicación judicial de demandas y solicitudes de ejecución de sentencias.
    • Ejecución de sentencias y medidas de recobro.
  • Cubre deudas derivadas de hallazgos de auditoría de la Contraloría y de informes especiales de la Comisión Conjunta.
  • Incluye deudas cuya gestión de cobro corresponde directamente a agencias o entidades gubernamentales.
  • Contempla coordinación entre la Contraloría, la Comisión Conjunta, agencias responsables de cobro y el aparato judicial para asegurar uniformidad procesal.
  • Dispone “otros fines relacionados” vinculados a eficientizar y estandarizar el proceso de recobro (los detalles específicos están en el texto legal).

Quiénes se verían afectados

  • Agencias y entidades del Gobierno de Puerto Rico encargadas de gestionar deudas y cobros.
  • La Oficina de la Contraloría de Puerto Rico y la Comisión Conjunta sobre Informes Especiales.
  • Deudores del Gobierno (personas naturales, empresas y otros sujetos obligados).
  • Tribunales y funcionarios judiciales que tramitan demandas y ejecuciones.
  • Oficinas de finanzas/tesorería que recibirían montos recuperados y gestionarían la liquidación.

Potenciales impactos

  • Busca uniformizar y agilizar procesos de cobro, lo que podría aumentar la eficiencia en la recuperación de fondos públicos.
  • Podría implicar cambios administrativos y operativos para agencias (capacitación, coordinación interagencial, cargas procesales).
  • Impacto fiscal dependerá de la eficacia práctica del nuevo procedimiento y de la cantidad de deudas recuperables.

Estado y cronología legislativa clave

  • Radicado: 02 de enero de 2025.
  • Primeras lecturas y referidos a comisiones (enero–abril 2025); informes comisionados con enmiendas (29 abr., 12 may. 2025).
  • Aprobado por el Senado: 05 de mayo de 2025 (con enmiendas).
  • Aprobado por la Cámara: 13 de noviembre de 2025 (con enmiendas y enmiendas concordadas 18 nov. 2025).
  • Enrolado y firmado por las presidencias de ambas cámaras: 18 de noviembre de 2025.
  • Estado actual: Enviado a la Gobernadora para su consideración (20 de noviembre de 2025).

Próximo paso: revisión ejecutiva del Gobernador, quien puede sancionar (convertir en ley), vetar total/parsial o devolver con objeciones según el procedimiento constitucional.

Compiled from official sources — confirm details with the bill’s official record.

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