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PC 1265

Para crear la “Ley para Regular la Ejecución de los Himnos Nacionales en Actividades Financiadas con Fondos Públicos”, a los fines de establecer parámetros en la ejecución de los himnos nacionales en eventos que organicen o participen entidades que reciben fondos públicos; establecer sanciones administrativas a dichas entidades cuando organicen o participen en eventos en los cuales se alteren o modifiquen los himnos nacionales oficiales; y para otros fines relacionados.

2025-2028 Session

Establece normas y sanciones administrativas para la ejecución de los himnos nacionales en actividades financiadas con fondos públicos, buscando su correcto protocolo y consistenci

Referido a Comisión(es)
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WeVote Research Nonpartisan
Bill Summary · PC 1265

Resumen del Proyecto de Ley PC 1265 (Sesión 2025-2028, Puerto Rico)

Propósito e intención principal

  • Establecer una norma para regular la ejecución de los himnos nacionales en actividades financiadas con fondos públicos.
  • Crear parámetros y estándares sobre cómo deben interpretarse y ejecutarse los himnos nacionales oficiales en eventos organizados o en los que participen entidades que reciben fondos públicos.
  • Imponer sanciones administrativas a dichas entidades cuando en sus eventos se alteren o modifiquen los himnos nacionales oficiales.
  • Abordar otros fines relacionados con la protección, preservación y correcta interpretación de los himnos nacionales en el marco de uso con fondos públicos.

Provisiones clave y cambios que propone

  • Definición de “actividades financiadas con fondos públicos” y de qué entiende la ley por “ejecución” de los himnos nacionales (p. ej., interpretación, duración, formato, protocolo de interpretación, uso en grabaciones, etc.).
  • Establecimiento de parámetros y normas específicas para la ejecución de los himnos en dichos eventos, incluyendo:
    • Protocolo de interpretación (tiempos, entonación, respeto institucional).
    • Condiciones para presentaciones en vivo y/o grabadas.
    • Requisitos de aprobación o supervisión por parte de autoridades competentes.
  • Sanciones administrativas para entidades que organicen o participen en eventos donde se alteren o modifiquen los himnos oficiales. Las sanciones pueden incluir:
    • Advertencias formales o multas administrativas.
    • Suspensión temporal de financiamiento público para la entidad.
    • Recomendaciones de corrección y cumplimiento obligatorio en eventos futuros.
  • Mecanismos de denuncia, investigación y debido proceso para posibles violaciones, así como plazos para la adopción de medidas correctivas.
  • Inclusión de disposiciones sobre alcance y excepciones, si las hubiera, y la interacción con otras leyes de protocolo y uso de símbolos nacionales.

A quiénes afecta

  • Entidades que reciben fondos públicos en Puerto Rico y que organizan o participan en actividades donde se ejecutan himnos nacionales.
  • Organizadores de eventos financiados con fondos públicos, proveedores de servicios, y autoridades o agencias que gestionan fondos y supervisión de cumplimiento.
  • Auditorías o entidades de control encargadas de verificar el cumplimiento de los parámetros establecidos.

Aspectos procesales y cronológicos

  • Antecedente reciente:
    • Radicado el 8 de mayo de 2026.
    • Aparece en Primera Lectura de la Cámara el 12 de mayo de 2026.
    • Referido a comisiones el 12 de mayo de 2026.
  • Procedimiento habitual: revisión por comisiones para evaluación técnica, de constitucionalidad, y de impacto presupuestario o administrativo; posible eventual propuesta de enmiendas y voto en primera y segunda lectura antes de ser considerado para acción final.
  • Potencial implementación: dependerá de la aprobación legislativa y de la reglamentación detallada que determine la autoridad ejecutiva correspondiente (ministros o secretarias competentes, según la estructura del gobierno de Puerto Rico).

Impacto público y utilidad

  • Busca garantizar respeto y consistencia en la interpretación de los himnos nacionales cuando se utilizan fondos públicos, promoviendo uniformidad y protocolo.
  • Proporciona herramientas administrativas para sancionar incumplimientos, buscando evitar alteraciones no autorizadas de símbolos nacionales en eventos financiados con fondos públicos.
  • Potencial efecto disuasorio para entidades, asegurando mayor cuidado y supervisión en la organización de eventos cívicos y culturales que involucren fondos públicos.

Nota: El texto del proyecto de ley aún no especifica todos los detalles operativos (tipos de sanciones, umbrales de incumplimiento, procesos de revisión y excepciones). El contenido aquí resume los elementos anunciados y posibles impactos, sujeto a las versiones finales y a las enmiendas que puedan aprobarse durante el proceso legislativo.

Compiled from official sources — confirm details with the bill’s official record.

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