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PC 405

Para crear la “Ley del Registro de Cabilderos de Puerto Rico”, a fin de establecer la política pública sobre el ejercicio de funciones de cabildeo ante todas las ramas del Gobierno de Puerto Rico; establecer definiciones y excepciones; reglamentar esta profesión; establecer penalidades; establecer facultades administrativas particulares para la creación de los registros; y para otros fines relacionados.

2025-2028 Session

PC 405 propone crear un registro de cabilderos para regular y transparentar el cabildeo ante todas las ramas del gobierno de Puerto Rico, con reglas y sanciones.

Remitido a Comisión de Calendarios de la Cámara
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Bill Summary · PC 405

Resumen informativo del proyecto de ley PC 405

Panorama general

PC 405 propone crear la “Ley del Registro de Cabilderos de Puerto Rico” para establecer la política pública sobre el ejercicio de funciones de cabildeo ante todas las ramas del Gobierno de Puerto Rico. El texto busca definir términos y excepciones, reglamentar la profesión, establecer penalidades y otorgar facultades administrativas para la creación de los registros. El objetivo principal es aumentar la transparencia y la regulación del cabildeo en Puerto Rico.

Propósito e intención

  • Establecer una política pública clara sobre el cabildeo ante las distintas ramas del Gobierno de Puerto Rico.
  • Reglamentar la profesión de cabildero, incluyendo definición de conceptos clave y posibles excepciones.
  • Crear y gestionar un registro de cabilderos para facilitar la supervisión y la rendición de cuentas.
  • Definir penalidades por incumplimiento y brindar a las autoridades administrativas las facultades necesarias para implementar y hacer cumplir la regulación.
  • Preparar el marco para la creación de registros y procesos administrativos relacionados.

Provisions clave (según la descripción publicada)

  • Definiciones y excepciones relacionadas con el cabildeo.
  • Reglamentación de la profesión de cabildero (personas o entidades que realizan cabildeo ante el gobierno).
  • Establecimiento de penalidades por violaciones.
  • Facultades administrativas específicas para la creación y gestión de los registros de cabilderos.
  • “Para otros fines relacionados” que ampliarán o ajustarán el alcance a medida que se desarrolle el texto final.

Nota: El detalle exacto de las disposiciones (por ejemplo: qué actividades califican como cabildeo, quién debe registrarse, qué información debe reportarse, tasas, periodos de reporte y sanciones específicas) no está incluido en el resumen disponible.

Afectados y alcance

  • Cabilderos y asesor(es) que realizan cabildeo ante el Gobierno de Puerto Rico.
  • Clientes o entidades que contratan servicios de cabildeo.
  • Departamentos/ramas del gobierno (ejecutivo, legislativo, judicial) que podrían estar sujetos a las obligaciones de registro y divulgación.
  • Posible impacto en proveedores de servicios de cabildeo, firmas legales y consultores políticos.

Proceso y cronología

  • Introducción: 17 de marzo de 2025.
  • Estado: Referido a Comisión(es); aparece en Primera Lectura en la Cámara el mismo día.
  • Pasos siguientes típicos: audiencia de comisión, posibles enmiendas, votación en cámara(s) y, de ser aprobado, paso al próximo cuerpo legislativo o al proceso correspondiente según el reglamento.

Impactos esperados y consideraciones

  • Beneficios potenciales: mayor transparencia, rendición de cuentas, y una base de datos pública de cabilderos y actividades de cabildeo.
  • Costos y cumplimiento: requerimientos de registro, informes y posibles tasas; cumplimiento para individuos y empresas.
  • Cuestiones a vigilar: protección de datos personales en el registro, definiciones precisas de cabildeo para evitar ambigüedades, y garantías de aplicación efectiva de las penalidades.

Próximos pasos para interesados

  • Seguir el progreso en las comisiones correspondientes para conocer textos finales, enmiendas, fechas de audiencias y posibles impactos regulatorios.
  • Preparar comentarios y observaciones sobre definiciones, excepciones y requisitos de registro conforme sean publicados los textos completos.

Compiled from official sources — confirm details with the bill’s official record.

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