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PS 1290

Para crear la “Ley de Validez Laboral de Certificaciones Ocupacionales Correccionales”; disponer el reconocimiento externo de certificaciones, cursos, carreras cortas y adiestramientos ocupacionales completados por miembros de la población correccional; prohibir su rechazo únicamente por haber sido obtenidos durante el confinamiento; salvaguardar los requisitos legales y reglamentarios aplicables; y para otros fines relacionados

2025-2028 Session

Legislation recognizing and portable validating of occupational certificates earned in correctional facilities to support fair employment and reintegration, without waiving licensi

Referido a Comisión(es)
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WeVote Research Nonpartisan
Bill Summary · PS 1290

Resumen informativo de la Bill PS 1290 (Sesión 2025-2028, Puerto Rico)

Propósito principal

Crear la “Ley de Validez Laboral de Certificaciones Ocupacionales Correccionales” para reconocer externamente certificaciones, cursos, carreras cortas y adiestramientos ocupacionales completados por miembros de la población correccional. Busca evitar que dichas credenciales sean rechazadas únicamente por haber sido obtenidas durante el confinamiento, manteniendo al mismo tiempo los requisitos legales y reglamentarios aplicables.

Provisiones clave y cambios que introduce

  • Declaración de política pública: las certificaciones y experiencias ocupacionales obtenidas en instituciones correccionales deben tener validez laboral fuera del sistema penitenciario, sirviendo como evidencia verificable de capacitación, horas, módulos y competencias.
  • Alcance de validez laboral:
    • Empleo, reinserción laboral, programas de adiestramiento y educación técnica.
    • Evaluaciones ante empleadores, agencias, municipios y juntas reguladoras.
    • Admisión o evaluación en programas educativos técnicos u ocupacionales y procesos ante juntas examinadoras.
    • No otorga automáticamente licencias, permisos, empleos o exenciones de requisitos legales.
  • Definiciones clave (por ejemplo, acreditación de competencias, certificación ocupacional correccional, portabilidad laboral, equivalencia sustancial).
  • Áreas ocupacionales cubiertas (con ejemplos como construcción, agricultura, gastronomía, barbería, tecnología, soldadura, mecánica, logística, refrigeración, energía renovable, operación de maquinaria, cuidado de personas, entre otras; incluye un listado no exhaustivo y posibilidad de futuras ramas).
  • Contenido mínimo de la certificación: incluye identidad del participante, programa, horas, módulos, competencias, fecha, evaluación, práctica supervisada, método de evaluación, nivel de aprovechamiento y firma de autoridad; evita incluir información penal innecesaria.
  • Verificación y autenticidad: crea un mecanismo de verificación (n.º de control, registro, código, etc.) que protege la confidencialidad de datos personales.
  • Confidencialidad: manejo de información personal y correccional conforme a leyes de privacidad y seguridad.
  • Reconocimiento por entidades públicas y patronos: agencias, municipios, programas de empleo y empleadores deben evaluar de buena fe y basados en criterios objetivos; no pueden rechazar solo por el origen correccional.
  • Juntas examinadoras y entidades reguladoras: deben adoptar reglamentos y procedimientos para evaluar horas, módulos y prácticas obtenidas en programas correccionales; continúa la posibilidad de exigir requisitos reglamentarios habituales.
  • Ocupaciones con poblaciones vulnerables: cuando la certificación se relacione con servicios a menores, adultos mayores u otros grupos, se deben cumplir estrictamente verificaciones y requisitos de protección; la certificación puede servir como evidencia de formación, pero no autorizar por sí sola el acceso laboral.
  • Preparación para licenciamiento ocupacional: la Corrección y Rehabilitación debe procurar preparar a los participantes para cumplir requisitos de licencias o certificaciones externas cuando aplique (incluir orientación, exámenes, documentación, referidos, costos, etc.); no garantiza costos o exenciones de trámites externos.
  • Alineación curricular y estándares: esfuerzos para alinear programas correccionales con estándares reconocidos; si no hay alineación total, no invalida la certificación, pero puede limitar su alcance para equivalencia sustancial o reconocimiento ante reguladores.
  • Coordinación interagencial: posibilidad de cooperación con múltiples departamentos y actores (Trabajo, Educación, Desarrollo Económico, Salud, Familia, Municipios, juntas reguladoras, instituciones educativas, patronos, etc.).
  • Acuerdos colaborativos: podría firmarse con entidades públicas/privadas para diseño curricular, validación, evaluación, prácticas supervisadas, donaciones de materiales, mentoría, referidos laborales, entre otros.
  • Prohibición de discriminación por origen de la certificación: prohíbe rechazar certificaciones solo por su origen correccional.
  • Informes y reglamentación:
    • Requiere un informe anual del Departamento de Corrección y Rehabilitación sobre la implementación.
    • La reglamentación debe emitirse en un plazo de 180 días desde la aprobación; las juntas reguladoras deben adaptar sus procedimientos en 180 días tras la reglamentación.
  • Implantación gradual y fiscales:
    • Puede implementarse por fases; se considerarán disponibilidad, seguridad, costos y demanda laboral.
    • Financiamiento: uso de recursos existentes, acuerdos colaborativos, fondos federales permisibles, servicios en especie; no crea asignación automática ni costos obligatorios para exámenes, licencias, etc.
  • Protección de datos y confidencialidad: salvaguardas para evitar exposición de antecedentes penales o información sensible.
  • Vigencia: la ley entraría en vigor inmediatamente tras su aprobación.

Qué actores serían afectados

  • Instituciones correccionales y el Departamento de Corrección y Rehabilitación (DCR): implementación, supervisión y coordinación.
  • Entidades colaboradoras (agencias públicas, instituciones educativas, organizaciones sin fines de lucro, patronos, cooperativas, etc.): ofrecerían, validarían, evaluarían y utilizarían certificaciones.
  • Juntas examinadoras y entidades reguladoras: adaptar procedimientos para evaluar certificaciones provenientes de programas correccionales.
  • Agencias, municipios y programas públicos/privados de empleo y reinserción: reconocerían y evaluarían las certificaciones como evidencia de capacitación.
  • Patronos y programas de colocación laboral: aceptarían las certificaciones como evidencia de competencia, sujeto a criterios de puesto y cumplimiento de requisitos de seguridad.
  • Personas participantes: habitantes de correccionales que obtuvieron certificaciones; se busca facilitar su portabilidad laboral y oportunidades de empleo/educación.

Aspectos procedimentales y temporales

  • Reglamentación: 180 días para emitir reglamentos y procedimientos; 180 días para ajustar procedimientos de juntas reguladoras.
  • Informe anual: no más tarde del 30 de septiembre de cada año, detailing métricas y avances.
  • Implementación gradual: posibilidad de desplegar por fases según áreas, instituciones, regiones y recursos disponibles.
  • Interpretación y separabilidad: salvaguardas para compatibilidad con leyes existentes y preservación de la validez de las demás disposiciones si alguna parte fuese declarada inconstitucional.

Impacto esperado

  • Aumentar la utilidad y reconocimiento fuera del sistema penitenciario de las certificaciones ocupacionales obtenidas en prisión.
  • Reducir la necesidad de que egresados correccionales inicien de nuevo procesos educativos o de certificación desde cero.
  • Facilitar la reinserción laboral al proporcionar evidencia verificable y portable de habilidades técnicas.
  • Mantener salvaguardas legales y laborales para evitar prácticas discriminatorias o la relajación de requisitos regulatorios aplicables.

Nota: la propuesta aclara que la validez laboral no equivale a licencias automáticas ni exime de cumplir requisitos legales o reglamentarios para ejercer ocupaciones reguladas.

Compiled from official sources — confirm details with the bill’s official record.

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