Bill
PS 179
Para crear la “Ley de Preferencia para Contratistas y Proveedores Locales de Construcción Mujeres”, con el propósito de establecer como la política pública del Gobierno de Puerto Rico que, en cuanto a la compra y contratación de Servicios de Construcción, se reservará al menos un cinco por ciento (5%) de dichas compras y contrataciones para servicios rendidos por un Negocio Local o Proveedor Local de Servicios de Construcción, en los cuales al menos el cincuenta y un por ciento (51%) de la empresa es propiedad de una o varias mujeres residentes de Puerto Rico o la dirección general de la empresa del día a día, se encuentra a cargo de una mujer que cumpla con el requisito de residencia, y que la titularidad y control ha sido verificado por la Administración de Servicios Generales; enmendar el Artículo 37 de la Ley 73-2019, según enmendada, conocida como “Ley de la Administración de Servicios Generales para la Centralización de las Compras del Gobierno de Puerto Rico de 2019”, con el propósito de asegurar que, todo proceso de compra, la Administración de Servicios Generales cumplirá cabalmente con la política preferencia dispuesta en esta Ley; y para otros fines relacionados.
Establishes a 5% set-aside for construction contracting to women-owned/local firms in Puerto Rico, with 51% ownership or management by resident women and ASG verification.