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PS 68

Para crear “la Ley de Inteligencia Artificial del Gobierno de Puerto Rico”, crear la figura del Oficial de Inteligencia Artificial del Gobierno de Puerto Rico adscrito al Puerto Rico Innovation and Technology Service (PRITS) y establecer sus deberes; crear el Consejo de Inteligencia Artificial del Gobierno de Puerto Rico y establecer sus deberes; ordenar al Puerto Rico Innovations and Technology Services (PRITS) crear y desarrollar la Política Pública del Gobierno de Puerto Rico en relación con la implementación de la Inteligencia Artificial a través de las agencias e instrumentalidades gubernamentales; y para otros fines relacionados.

2025-2028 Session

Crea el Oficial de IA y el Consejo de IA; exige a PRITS desarrollar una Política Pública de IA para todas las agencias, centralizando gobernanza y estándares.

Remitido a Comisión de Calendarios de la Cámara
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Bill Summary · PS 68

Resumen ejecutivo — PS 68

Título breve: Ley de Inteligencia Artificial del Gobierno de Puerto Rico

Propósito principal: Crear un marco institucional para la gobernanza y la implementación de la inteligencia artificial (IA) en el gobierno de Puerto Rico mediante (1) la creación de la figura del Oficial de Inteligencia Artificial del Gobierno adscrito al Puerto Rico Innovation and Technology Service (PRITS), (2) la creación del Consejo de Inteligencia Artificial del Gobierno de Puerto Rico, y (3) la obligación a PRITS de desarrollar una Política Pública gubernamental sobre implementación de IA en agencias e instrumentalidades.

Principales disposiciones

  • Creación de la “Ley de Inteligencia Artificial del Gobierno de Puerto Rico” como cuerpo legal rector.
  • Establecimiento del cargo de Oficial de Inteligencia Artificial del Gobierno de Puerto Rico, adscrito a PRITS, y definición de sus deberes (el proyecto indica que establecerá deberes específicos).
  • Creación del Consejo de Inteligencia Artificial del Gobierno de Puerto Rico y determinación de sus funciones (asesoramiento, coordinación y supervisión, según lo dispuesto por el texto legal).
  • Mandato a PRITS para crear y desarrollar la Política Pública del Gobierno en materia de implementación de IA a través de todas las agencias e instrumentalidades gubernamentales.
  • Disposiciones complementarias relativas a coordinación interagencial, estándares, y procedimientos administrativos (detalles exactos dependen del texto final aprobado).

Quiénes se verían afectados

  • PRITS: recibe nuevas responsabilidades de coordinación y elaboración de política pública.
  • Nuevas oficinas/puestos: creación y dotación del Oficial de IA y del Consejo de IA.
  • Todas las agencias e instrumentalidades del gobierno de Puerto Rico: obligadas a adherirse a la política y a coordinar con PRITS y el Oficial de IA.
  • Personal técnico y de compras públicas: impacto en procesos de adquisición, evaluación de riesgos, y formación.
  • Ciudadanía: potencial impacto en servicios públicos automatizados, manejo de datos, transparencia y protección de derechos civiles.

Impacto esperado y consideraciones

  • Centraliza la gobernanza de IA en el gobierno, buscando uniformidad de criterios, mitigación de riesgos y guía técnica.
  • Puede implicar costos iniciales asociados a la creación de cargos, consejo, formación y desarrollo de políticas y herramientas de supervisión (el texto no especifica montos presupuestarios).
  • Tendrá implicaciones en materia de privacidad, seguridad, contratación pública y responsabilidades administrativas, dependiendo de las reglas que establezca la política.

Estado legislativo y cronología clave

  • Radicado: 02-ene-2025
  • Múltiples referidos y 1er informes rendidos (Senado y Cámara) entre enero y junio 2025.
  • Aprobado por el Senado con enmiendas: 07-abr-2025; texto enviado a la Cámara.
  • En la Cámara: llegó a primera lectura el 22-abr-2025; 1er informe con enmiendas rendido 23-jun-2025 y remitido a Calendarios.
  • Última acción registrada: 16-oct-2025 — se retiró el 1er informe y el proyecto fue devuelto a la(s) comisión(es).

Preguntas abiertas / puntos a revisar

  • Texto completo: el proyecto aprobado en el Senado contiene enmiendas; el detalle final de deberes, facultades, recursos y salvaguardas aparece en el texto legal que debe consultarse para precisión.
  • Fiscalización y presupuesto: el proyecto no detalla en el sumario los recursos necesarios; verificar estimaciones o dictámenes presupuestarios en los informes de comisión.
  • Calendario futuro: pendiente de nuevo informe y posibles audiencias o enmiendas en comisión tras la devolución.

Si desea, puedo: (1) buscar y resumir el texto final aprobado por el Senado, (2) extraer y explicar los deberes concretos del Oficial y del Consejo que figuren en el texto, o (3) preparar un análisis de impacto presupuestario y administrativo basado en el contenido completo del proyecto.

Compiled from official sources — confirm details with the bill’s official record.

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