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PS 1293

Para crear la “Ley de Emprendimiento para Personas Próximas a Reinsertarse”; establecer un programa de capacitación empresarial, mentoría, asistencia técnica y acompañamiento post-excarcelación para miembros de la población correccional a quienes les resten doce (12) meses o menos para extinguir su pena; disponer la coordinación del Departamento de Corrección y Rehabilitación con el Departamento de Desarrollo Económico y Comercio y entidades colaboradoras; establecer criterios de elegibilidad, salvaguardas, mecanismos de seguimiento e informes; disponer que su implantación se realizará mediante recursos existentes, acuerdos colaborativos, fondos federales permisibles y alianzas voluntarias; y para otros fines relacionados.

2025-2028 Session

Establishes a coordinated program for near-release individuals (within 12 months of release) to receive business training, mentoring, and post-release support to aid economic reint

Referido a Comisión(es)
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WeVote Research Nonpartisan
Bill Summary · PS 1293

Resumen del Proyecto de Ley PS 1293 (Sesión 2025-2028, Puerto Rico)

Propósito principal

Establecer el Programa de Emprendimiento para Personas Próximas a Reinsertarse, dirigido a miembros de la población correccional a quienes les restan 12 meses o menos para extinguir su pena. El objetivo es facilitar su reinserción social y económica mediante capacitación empresarial, mentoría, asistencia técnica y acompañamiento post-excarcelación, coordinando entre el Departamento de Corrección y Rehabilitación (DCR) y el Departamento de Desarrollo Económico y Comercio (DDEC), junto con entidades colaboradoras.

Qué cambios propone y componentes clave

  • Programa específico para near-release individuals: Solo aplicable a personas con 12 meses o menos de pena restante, sujeto a evaluación institucional, seguridad y viabilidad del plan individual de reinserción.
  • Capacitación y acompañamiento: Incluye capacitación empresarial básica, educación financiera, orientación sobre permisos y requisitos legales, y acompañamiento post-excarcelación (hasta 12 meses, sujeto a disponibilidad de recursos).
  • Plan individual de emprendimiento y reinserción económica: Cada participante debe contar con un Plan Individual que identifique habilidades, necesidades de capacitación, idea de negocio preliminar, metas y seguimiento.
  • Red de coordinación interinstitucional: El programa opera en coordinación entre DCR y DDEC; no crea nueva burocracia si no es necesaria y utiliza estructuras existentes dentro de las agencias.
  • Alianzas y recursos existentes: Se fomenta la colaboración con instituciones educativas, coop., ONGs, municipios, entidades financieras comunitarias y el sector privado; se pueden establecer acuerdos colaborativos no onerosos o de bajo costo.
  • Referencias y apoyos externos: Posible derivación a programas de asistencia técnica, incubadoras, microfinanciamiento, cooperativismo y desarrollo empresarial; no garantiza financiamiento automático.
  • Confidencialidad y protección de datos: Se mantienen salvaguardas de confidencialidad conforme a la ley; acceso de entidades colaboradoras limitado a lo necesario.
  • David de permisos y documentos: Se podrán orientar o referir para obtener documentos necesarios para la reinserción económica (identificación, certificado de nacimiento, SSN, certificaciones, etc.), sin costos directos para el DCR.
  • Medición y transparencia: Recopilación de datos agregados (no identificables) para evaluar implementación; informe anual a la Asamblea Legislativa con métricas de ejecución y resultados.
  • Regulación y supervisión: Reglamento dentro de los 180 días siguientes a la aprobación, que incluirá criterios de elegibilidad, evaluaciones de seguridad, componentes de capacitación y reglas de participación.

Quiénes serían afectados

  • Participantes elegibles: Personas privadas de libertad en instituciones correccionales con menos de 12 meses para completar su pena, que cumplan con criterios de conducta, planes institucionales y seguridad.
  • DCR y DDEC: Coordinación y ejecución del programa; posible designación de personal existente para su implementación.
  • Entidades colaboradoras: Instituciones educativas, cooperativas, ONGs, universidades, cámaras de comercio, incubadoras, entidades financieras comunitarias y otros socios que brinden mentoría, capacitación o referidos.
  • Comunidades y emprendedores jóvenes/usuarios de programas de reinserción: Beneficiarios indirectos de mayores oportunidades de empleo lícito y apoyo empresarial.

Aspectos procedimentales y temporales

  • Implementación gradual: El programa puede iniciarse de forma progresiva, empezando en una o más instituciones o regiones, con base en disponibilidad de personal y alianzas.
  • Duración y seguimiento: El acompañamiento post-excarcelación puede extenderse hasta 12 meses tras la excarcelación, dependiendo de recursos y voluntad del participante.
  • Finanzas y presupuesto: Se establece que la implantación se hará con recursos existentes, acuerdos colaborativos, fondos federales permisibles y donativos; no crea automáticamente un fondo especial ni exige recursos presupuestarios recurrentes.
  • Reglamento y normativa: Se deberán establecer procedimientos de referidos, criterios de elegibilidad, evaluación de seguridad, componentes de capacitación, límites fiscales y de costos, y normas de confidencialidad.
  • Informe y evaluación: Informe anual a la Asamblea con métricas de implementación, servicios ofrecidos, acuerdos suscritos y recomendaciones, sin datos personales identificables.

Salvaguardas y límites

  • No se crea derecho automático a financiamiento, préstamos, incentivos, permisos o beneficios económicos.
  • La participación en el programa no garantiza beneficios de rehabilitación como eliminación de antecedentes, libertad condicional modificada ni otros privilégios.
  • El programa es complementario a los programas ya existentes de reinserción y empleo dentro del DCR; no los reemplaza.
  • Se mantienen salvaguardas de seguridad, protección de víctimas y cumplimiento de órdenes judiciales; la participación puede ser denegada o terminada si compromete la seguridad o el cumplimiento de la sentencia.

Vigencia

  • Una vez aprobada, la Ley entrará en vigor de inmediato.

En conjunto, el proyecto busca convertir la rehabilitación en una vía activa hacia la autonomía económica, reduciendo barreras de reinserción mediante educación, planificación y apoyo estructurado para personas próximas a reinsertarse.

Compiled from official sources — confirm details with the bill’s official record.

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