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PS 1376

Para añadir una nueva Sección 1.7 a la Ley Núm. 38-2017, según enmendada, conocida como “Ley de Procedimiento Administrativo Uniforme del Gobierno de Puerto Rico”, a los fines de requerir la identificación y revisión periódica de los formularios dirigidos al público por las agencias; disponer que dichos formularios deberán revisarse al menos una vez cada cinco (5) años; y para otros fines relacionados.

2025-2028 Session

Require periodic review every five years of all public-facing forms to ensure accuracy, update dates, and publish current versions.

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WeVote Research Nonpartisan
Bill Summary · PS 1376

Propósito e objetivo principal

  • Establecer una nueva Sección 1.7 a la Ley Núm. 38-2017 (Ley de Procedimiento Administrativo Uniforme del Gobierno de Puerto Rico) para exigir la identificación y revisión periódica de los formularios dirigidos al público por las agencias.
  • Requerir que esos formularios sean revisados al menos cada cinco años y que, si ya no se modifica, al menos se actualice la fecha de revisión.
  • Asegurar transparencia, actualidad y trazabilidad de los formularios para mejorar la interacción ciudadana con el Gobierno.

Contenido clave y cambios propuestos

  • Identificación mínima de cada formulario dirigido al público (tanto en formato físico como electrónico):
    • (a) nombre oficial del formulario
    • (b) código/número de control o identificación interna (si existe)
    • (c) agencia u oficina emisora
    • (d) trámite o servicio al que corresponde
    • (e) disposición legal o reglamentaria que autoriza el trámite
    • (f) fecha de última revisión
    • (g) medio oficial de contacto o enlace para información adicional
    • (h) indicación de la versión vigente, cuando aplique
  • Alcance: aplica a todo formulario dirigido al público preparado por una agencia para solicitar, tramitar, informar, certificar, reclamar, peticionar o gestionar un asunto ante la agencia.
  • Revisión periódica: todas las agencias deben revisar sus formularios al menos cada cinco años.
    • Si el formulario continúa adecuado, la agencia puede mantener su contenido, pero debe actualizar la fecha de revisión.
    • Si un formulario ha sido sustituido por una versión actualizada, debe publicarse/ponerse a disposición la versión vigente y no exigir su uso de versiones obsoletas.
  • No se crea ni altera un reglamento ni se cambian trámites sustantivos; la medida busca facilitar actualización y claridad.
  • Excepciones y límites: no aplica a formularios internos de personal, documentos investigativos, formularios de seguridad pública con riesgos de investigación, formularios confidenciales por ley, o formularios cuyo contenido/formato estén determinados por ley, reglamento o requerimiento federal. Tampoco se interpreta como convertir formularios en reglas o reglamentos.

A quiénes afecta

  • Todas las agencias del Gobierno de Puerto Rico sujetas a la Ley Núm. 38-2017.
  • Usuarios y solicitantes que interactúan con formularios gubernamentales para trámites, servicios, permisos, certificaciones, reclamaciones, etc.
  • En general, busca beneficiar a ciudadanos y empresas al facilitar la verificación de vigencia y la claridad de los requisitos.

Aspectos procedimentales y plazos

  • Plazo de cumplimiento: las agencias tienen 180 días desde la aprobación de la ley para revisar y cumplir con las nuevas disposiciones.
  • Guías administrativas: la Oficina del Gobernador (a través de la dependencia correspondiente) podrá emitir guías o modelos uniformes para facilitar la implantación.
  • Vigencia: la ley entrará en vigor de inmediato tras su aprobación.
  • Supervisión y salvaguardas: la disposición señala que el incumplimiento no invalida automáticamente una solicitud o trámite, salvo que se demuestre un efecto sustancial sobre el debido proceso, error material o imposibilidad de completar el trámite.
  • Separabilidad y claridad jurídica: mantiene la validez de la mayor parte de la norma aun si alguna cláusula fuera declarada inconstitucional, para salvaguardar el resto del marco.

Impacto esperado

  • Mayor transparencia y trazabilidad de los trámites públicos.
  • Reducción de formularios desactualizados o conflictivos que generan retrasos o errores.
  • Mayor confianza ciudadana en la actualidad y vigencia de los formularios utilizados por agencias.
  • Costo administrativo inicial para revisar y actualizar formularios, con cumplimiento obligatorio dentro de 180 días.

Compiled from official sources — confirm details with the bill’s official record.

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