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PC 1171

Para añadir una nueva Regla 2.7.1 a las Reglas de Procedimiento para Asuntos de Menores, según enmendadas, con el propósito de requerir al Negociado de la Policía de Puerto Rico y al Departamento de Justicia certificar al Tribunal si la persona menor vinculada con la comisión de una falta, objeto de una queja o imputada de falta es estudiante registrada en el Programa de Educación Especial, o si tiene un diagnóstico que le hace acreedora del derecho a ser registrada en el Programa de Educación Especial, tan pronto se inicie el proceso en su contra, con el fin de evaluar oportunamente si el diagnóstico de la menor guarda vínculos con la conducta imputada, si esto atenúa o exime su responsabilidad legal y si, en lugar del procesamiento ordinario, deben procurarse servicios terapéuticos o programas de desvío; enmendar el Artículo 65 de la Ley Núm. 146–2012, según enmendada, denominada “Código Penal de Puerto Rico”, para añadir un nuevo inciso (n); y para otros fines relacionados.

2025-2028 Session

Requiere certificar al inicio del proceso si la menor es estudiante de Educación Especial o tiene diagnóstico, para evaluar vínculos con la conducta y considerar desvíos o terapias

Referido a Comisión(es)
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WeVote Research Nonpartisan
Bill Summary · PC 1171

Resumen del Proyecto de Ley PC 1171 (Sesión 2025-2028, Puerto Rico)

Este resumen presenta de manera clara y objetiva el contenido esencial del Proyecto de Ley PC 1171, titulado “Para añadir una nueva Regla 2.7.1 a las Reglas de Procedimiento para Asuntos de Menores, según enmendadas, con el propósito de requerir al Negociado de la Policía de Puerto Rico y al Departamento de Justicia certificar al Tribunal si la persona menor vinculada con la comisión de una falta, objeto de una queja o imputada de falta es estudiante registrada en el Programa de Educación Especial, o si tiene un diagnóstico que le hace acreedora del derecho a ser registrada en el Programa de Educación Especial, tan pronto se inicie el proceso en su contra, con el fin de evaluar oportunamente si el diagnóstico de la menor guarda vínculos con la conducta imputada, si esto atenúa o exime su responsabilidad legal y si, en lugar del procesamiento ordinario, deben procurarse servicios terapéuticos o programas de desvío; enmendar el Artículo 65 de la Ley Núm. 146–2012, según enmendada, denominada “Código Penal de Puerto Rico”, para añadir un nuevo inciso (n); y para otros fines relacionados.”

1) Propósito e intención

  • Establecer una nueva Regla 2.7.1 en las Reglas de Procedimiento para Asuntos de Menores.
  • Requerir que, tan pronto se inicie un proceso contra una persona menor vinculada con una falta, el Negociado de la Policía de Puerto Rico (PRPD) y el Departamento de Justicia certifiquen al Tribunal si la menor es estudiante registrada en el Programa de Educación Especial (PEE) o si tiene un diagnóstico que le da derecho a ser registrada en dicho programa.
  • El objetivo es evaluar de forma temprana si el diagnóstico de la menor está vinculado con la conducta imputada y si podría atenuar o eximir responsabilidad legal.
  • En caso de que sea pertinente, considerar alternativas al procesamiento ordinario, como servicios terapéuticos o programas de desvío (diversión o manejo alternativo de la conducta infractora).

2) Provisiones clave y cambios propuestos

  • Crear la Regla 2.7.1: Requerimiento de certificación por parte de PRPD y el Departamento de Justicia sobre el estatus de la menor respecto a Educación Especial al inicio del proceso.
  • Evaluación temprana de vínculo entre el diagnóstico/participación en el PEE y la conducta imputada.
  • Guía para decidir entre:
    • Prosecución ordinaria, o
    • Servicios terapéuticos o programas de desvío (alternativas no penales).
  • Enmienda al Artículo 65 del Código Penal de Puerto Rico (Ley Núm. 146–2012, según enmendada) para añadir un nuevo inciso (n): Este cambio sugiere que podría haber consideraciones o definiciones relacionadas con el estatus de Educación Especial o con la evaluación de la necesidad de servicios terapéuticos para menores, dentro del marco penal aplicable a menores.

3) ¿A quién o qué afecta el proyecto?

  • Menores de edad involucrados en presuntas faltas o infracciones (tanto como víctimas en procesos penales juveniles como los presuntos infractores).
  • Instituciones involucradas en la justicia juvenil:
    • Negociado de la Policía de Puerto Rico (PRPD)
    • Departamento de Justicia
    • Tribunales de Puerto Rico
  • Programas y servicios:
    • Programa de Educación Especial (PEE)
    • Servicios terapéuticos y programas de desvío como alternativas al enjuiciamiento.

4) Aspectos procedimentales y temporales

  • Estado procesal: En Primera Lectura en la Cámara de Puerto Rico (según historial de acción: 9 de marzo de 2026 aparecía en Primera Lectura y fue referido a Comisiones).
  • Radicación y tramitación: Radicado el 4 de marzo de 2026; luego pasó a referirse a comisiones para análisis.
  • Impacto temporal: Si se aprueba, la Regla 2.7.1 exigiría certificaciones al inicio del proceso y podría alterar la ruta procesal para menores (priorizando evaluaciones psicopedagógicas/dinámicas terapéuticas antes de medidas punitivas).
  • Efectos prácticos: Potential cambios en cómo los tribunales manejan casos de menores con diagnósticos de Educación Especial, con énfasis en desvíos y tratamientos en lugar de sanciones penales.

5) Consideraciones y posibles impactos

  • Enfoque de justicia restaurativa y individualización de la respuesta penal para menores.
  • Mayor coordinación entre PRPD, el Departamento de Justicia y el sistema judicial para identificar necesidades especiales de las menores desde el inicio del proceso.
  • Potencial reducción de sanciones penales para menores que tengan diagnóstico de PEE o que cumplan criterios para educación especial, cuando la conducta esté vinculada a su condición.
  • Debates posibles sobre garantías de debido proceso, confidencialidad de información médica/educativa y criterios específicos para aplicar desvíos o servicios terapéuticos.

Nota: El texto del proyecto incluye un anexo técnico que parece contener caracteres no legibles en este formato (posible renderizado). La información anterior se basa en el título, el resumen de las modificaciones propuestas y el historial de acción disponible. Para una lectura detallada, se recomienda consultar el texto oficial en las actas de la Asamblea y las enmiendas propuestas.

Compiled from official sources — confirm details with the bill’s official record.

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