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PC 1217

Para añadir un nuevo inciso (jj) al Artículo 7.092 de la Ley 107-2020, según enmendada, conocida como el “Código Municipal de Puerto Rico”; con el fin de eximir del pago de contribución sobre propiedad mueble todo alimento apto para el consumo humano que sea donado a entidades u organizaciones sin fines de lucro debidamente organizadas y autorizadas para operar en Puerto Rico, incluyendo, pero sin limitarse a, bancos de alimentos, comedores sociales, organizaciones comunitarias y otras entidades dedicadas a la distribución de alimentos a personas necesitadas; y para otros fines relacionados

2025-2028 Session

Eximir de la contribución sobre propiedad mueble los alimentos aptos para consumo humano donados a entidades sin fines de lucro autorizadas en Puerto Rico.

Referido a Comisión(es)
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WeVote Research Nonpartisan
Bill Summary · PC 1217

Resumen del Proyecto de Ley: PC 1217 (Sesión 2025-2028, Puerto Rico)

Nota: El texto completo del proyecto contiene elementos en formato de datos y archivos adjuntos; la siguiente síntesis se basa en el título y la información proporcionada.

1) Propósito e intención principal

  • Objetivo: Eximir del pago de la contribución sobre propiedad mueble (conocida como impuesto a la propiedad mueble) todo alimento apto para el consumo humano que sea donado a entidades u organizaciones sin fines de lucro debidamente organizadas y autorizadas para operar en Puerto Rico.
  • Alcance: Incluye, pero no se limita a, bancos de alimentos, comedores sociales, organizaciones comunitarias y otras entidades dedicadas a la distribución de alimentos a personas necesitadas.
  • Carácter: Se propone agregar un nuevo inciso (jj) al Artículo 7.092 de la Ley 107-2020, según enmendada, que regula el Código Municipal de Puerto Rico.

2) Provisiones clave y cambios propuestos

  • Exención de contribución sobre propiedad mueble: Los alimentos aptos para consumo humano que sean donados a las entidades mencionadas estarían exentos de la contribución sobre propiedad mueble.
  • Entidades beneficiarias: Deben estar debidamente organizadas y autorizadas para operar en Puerto Rico. Se mencionan explícitamente bancos de alimentos, comedores sociales y organizaciones comunitarias, entre otras entidades dedicadas a la distribución de alimentos a personas necesitadas.
  • Naturaleza de la exención: La exención se aplica al bien mueble (alimento) donado; no se detallan otros ajustes fiscales o administrativos más allá de la exención específica.
  • Marco normativo: Se integra como inciso jj al Artículo 7.092 de la Ley 107-2020, enmendada, dentro del Código Municipal de Puerto Rico.

3) Sujetos y efectos

  • Sujetos obligados o afectados:
    • Propietarios, empresas y entidades que posean y utilicen bienes muebles relacionados con alimentos donados a las entidades beneficiarias.
    • Entidades sin fines de lucro autorizadas para operar en Puerto Rico que reciben donaciones de alimentos.
  • Efectos pretendidos:
    • Reducción de costos fiscales para donaciones de alimentos, potenciando la distribución de alimentos a personas necesitadas.
    • Potencial incremento de donaciones a bancos de alimentos, comedores sociales y organizaciones comunitarias.
    • Mayor claridad administrativa para entidades donantes y receptores sobre la exención de la contribución sobre propiedad mueble aplicable a los alimentos donados.

4) Aspectos procedimentales y calendario

  • Trámite legislativo actual:
    • Radicado el 16 de abril de 2026.
    • Aparece en Primera Lectura en la Cámara el 16 de abril de 2026.
    • Referido a Comisión(es) correspondientes el 16 de abril de 2026.
  • Implicaciones de tiempo:
    • Como está en Primera Lectura, el proceso avanzaría a debates en comisiones, posibles enmiendas y votos plenarios. Calendario específico de etapas (audiencias, fechas límite para informes, votaciones) dependerá del itinerario legislativo de Puerto Rico para la sesión 2025-2028.

5) Consideraciones adicionales

  • Sinopsis detallada de implementación:
    • El texto no especifica procedimientos de certificación, reportes anuales o mecanismos de verificación de elegibilidad de las entidades receptoras en este resumen; esos aspectos podrían requerir regulación adicional en las enmiendas o reglamentos ejecutivos.
  • Impacto social y económico potencial:
    • Al eliminar un costo de propiedad mueble para alimentos donados, podría aumentar la disponibilidad de donaciones y el alivio para comunidades necesitadas, al tiempo que reduce la carga administrativa para las entidades sin fines de lucro.

Si desea, puedo adaptar este resumen a un formato de ficha para distribución pública, o ampliar con un análisis comparativo con leyes similares en otros estados o territorios.

Compiled from official sources — confirm details with the bill’s official record.

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