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PS 653

“Para añadir un nuevo inciso (i) al Artículo 2.110 de la Ley 107-2020, según enmendada, conocida como “Código Municipal de Puerto Rico”, a los fines de establecer como nuevo requisito de contratación en las agencias, corporaciones, departamentos e instrumentalidades del Gobierno de Puerto Rico la obligación de retener en el origen y remitir a los gobiernos locales el monto total correspondiente al pago de arbitrios de construcción relacionado con cualquier programación, gerencia, diseño, inspección y/o ejecución de obras de construcción que se contraten; y para otros fines relacionados.”

2025-2028 Session

Exige retener en origen y remitir directly a municipios el total de arbitrios de construcción vinculados a contratos de obras y servicios técnicos, desde la programación hasta la e

Referido a Comisión(es)
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Bill Summary · PS 653

Resumen legislativo — Proyecto PS 653

Título (resumen): Añade un nuevo inciso (i) al Art. 2.110 de la Ley 107‑2020 (Código Municipal de Puerto Rico) para establecer como requisito de contratación la obligación de retener en el origen y remitir a los gobiernos locales el monto total de los arbitrios de construcción relacionados con cualquier programación, gerencia, diseño, inspección y/o ejecución de obras de construcción contratadas.

Propósito principal

Establecer, como requisito obligatorio en los contratos celebrados por agencias, corporaciones, departamentos e instrumentalidades del Gobierno de Puerto Rico, la retención en el origen y la remisión directa a los municipios del total correspondiente al pago de los arbitrios de construcción vinculados a servicios y obras contratadas (programación, gerencia, diseño, inspección y ejecución).

Disposiciones clave

  • Se adiciona un inciso (i) al Artículo 2.110 de la Ley 107‑2020 (Código Municipal).
  • Obliga a las entidades gubernamentales y sus contratistas a:
    • Retener en el origen el monto total de los arbitrios de construcción aplicables a los contratos relacionados con obras y servicios técnicos vinculados a la construcción.
    • Remitir esos montos directamente a los gobiernos municipales destinatarios.
  • El alcance cubre fases de programación, gerencia, diseño, inspección y ejecución de obras.
  • No se incluye en el sumario la redacción completa ni detalles técnicos sobre tasas, plazos exactos de remisión, mecanismos de cálculo, reportes administrativos o sanciones (estas precisiones dependerán del texto aprobado o de normas reglamentarias posteriores).

Quiénes se verían afectados

  • Gobierno central: agencias, departamentos, corporaciones e instrumentalidades que contraten servicios u obras de construcción (responsables de efectuar la retención).
  • Contratistas y subcontratistas (firmas de construcción, ingeniería, arquitectura, consultoría, inspección).
  • Municipios: receptores de los montos de arbitrios, lo que podría aumentar o regularizar ingresos locales.
  • Promotores, propietarios y beneficiarios de obras: impacto indirecto en flujo de pagos y cumplimiento contractual.

Impacto esperado y consideraciones de implementación

  • Finanzas municipales: potencial aumento y mejora en la puntualidad de ingresos por arbitrios de construcción.
  • Cumplimiento administrativo: requerirá ajustes en procesos de contratación pública, cláusulas contractuales, sistemas de retención y rendición de cuentas.
  • Posible necesidad de reglamentación adicional para definir mecanismos de cálculo, plazos de remisión, documentación requerida y sanciones por incumplimiento.
  • Puede generar efectos temporales en flujo de caja de contratistas y en la administración de pagos del gobierno.

Trámite legislativo y estado

  • Radicado: 02‑jun‑2025 (apareció en 1ª lectura del Senado y fue referido a comisiones).
  • Informe de comisión: 29‑ago‑2025 — 1er informe con enmiendas; remitido a Reglas y Calendario.
  • Aprobación del Senado: 01‑oct‑2025 — aprobado en sala con enmiendas; texto final enviado a la Cámara.
  • Cámara de Representantes: 07‑oct‑2025 — apareció en 1ª lectura y fue referido a comisión(es).

Nota: El presente resumen se basa en el contenido disponible del proyecto y en el registro de actuaciones; para obligaciones operativas y fiscales concretas se deberá consultar el texto legal aprobado y las reglas reglamentarias que se emitan.

Compiled from official sources — confirm details with the bill’s official record.

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