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PC 1243

Para añadir un nuevo inciso (g) al Artículo 2.07 de la Ley 168-2019, según enmendada, conocida como “Ley de Armas de Puerto Rico de 2020”, a los fines de reconocer y autorizar el uso de plataformas de simulación virtual, sistemas inmersivos, realidad aumentada o realidad virtual como un método alterno para cumplir, total o parcialmente, con el requisito de adiestramiento en el uso y manejo de armas de fuego; establecer los parámetros mínimos para su utilización; facultar al Superintendente de la Policía de Puerto Rico a reglamentar su implementación, certificación y supervisión; y para otros fines relacionados.

2025-2028 Session

Autoriza usar simulación y realidad virtual/immersiva para cumplir total o parcialmente con el adiestramiento en manejo de armas, con reglamentación policial.

Referido a Comisión(es)
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WeVote Research Nonpartisan
Bill Summary · PC 1243

Resumen legislativo — PC 1243 (Sesión 2025-2028, Puerto Rico)

Título provisional: Para añadir un nuevo inciso (g) al Artículo 2.07 de la Ley 168-2019, según enmendada, conocida como “Ley de Armas de Puerto Rico de 2020”, para reconocer y autorizar el uso de plataformas de simulación virtual, sistemas inmersivos, realidad aumentada o realidad virtual como método alterno para cumplir, total o parcialmente, con el requisito de adiestramiento en el uso y manejo de armas de fuego; establecer parámetros mínimos para su utilización; facultar al Superintendente de la Policía de Puerto Rico a reglamentar su implementación, certificación y supervisión; y para otros fines relacionados.

Estado y trámite:
- Radicado: 30 de abril de 2026.
- Primera lectura: 4 de mayo de 2026.
- Referido a Comisión(es): 4 de mayo de 2026.
- Perfil: El proyecto propone añadir un inciso (g) al Artículo 2.07 de la Ley 168-2019, modificada por la Ley de Armas de Puerto Rico de 2020.

1) Propósito e intención
- Objetivo central: Reconocer y autorizar formalmente el uso de tecnologías de simulación para el adiestramiento en el manejo y uso de armas de fuego.
- Enfoque: Futuro alternativo al adiestramiento práctico prescrito, utilizando plataformas de simulación virtual, sistemas inmersivos, realidad aumentada (AR) o realidad virtual (VR) para cumplir total o parcialmente con los requisitos de adiestramiento.
- Rol del Supervisor: Otorga facultades al Superintendente de la Policía de Puerto Rico para reglamentar la implementación, certificación y supervisión de estas plataformas de simulación.

2) Provisiones sustantivas (propuesta de cambios)
- Nuevo inciso (g) al Artículo 2.07 de la Ley 168-2019 (conocida como Ley de Armas de Puerto Rico de 2020).
- Contenido esperado (a nivel de objetivo, ya que el texto completo del inciso no está disponible en el resumen):
- Reconocimiento formal de la simulación y tecnologías inmersivas como método válido para adiestramiento en armas de fuego.
- Establecimiento de parámetros mínimos para el uso de estas herramientas (p. ej., estándares de simulación, calidad de equipo, contenido del adiestramiento, métricas de desempeño).
- Autoridad para reglamentar: El Superintendente de la Policía de Puerto Rico tendría la competencia para emitir reglamentos que definan implementación, procesos de certificación de instructores y simuladores, y supervisión de la capacitación.
- Enfoque regulatorio: Busca garantizar un marco regulatorio claro y supervisión para asegurar que la simulación sea equivalente o complementaria a los métodos de adiestramiento tradicionales.

3) Impacto previsto (qué o quiénes serían afectados)
- Programas de adiestramiento: Cuerpos policiales y agencias de aplicación de la ley bajo la jurisdicción de Puerto Rico que deben cumplir con requisitos de adiestramiento en el manejo de armas de fuego.
- Instructores y proveedores: Entidades que ofrecen simulación/realidad virtual y otros sistemas inmersivos podrían ver ampliar su demanda si los estándares cumplen con los requisitos regulatorios.
- Personas sujetas a adiestramiento: Agentes y cadetes que necesitan cumplir con el requisito de adiestramiento para obtener, renovar o mantener licencias o permisos relacionados con armas de fuego.
- Supervisión normativa: La Policía de Puerto Rico asumiría un rol regulatorio adicional, con posibles procesos de certificación, auditoría y supervisión de simuladores y programas de capacitación.

4) Aspectos procesales y de calendario
- Trámite actual:
- Radicado el 30 de abril de 2026.
- Primera lectura y envío a Comisión(es) el 4 de mayo de 2026.
- Siguientes pasos típicos:
- Revisión por la(s) comisión(es) pertinente(s) (por lo general Seguridad Pública, Asuntos de la Policía, o similar).
- Debates, enmiendas y posibles audiencias públicas.
- Votación en cada cámara (si procede) y, de ser aprobado, promulgación o remisión al ejecutivo para firma.
- Observación: No se dispone del texto completo del inciso (g) para detallar requisitos técnicos específicos, pero el proyecto anticipa un marco reglamentario por parte del Superintendente.

Notas para lectores:
- Este proyecto no modifica explícitamente los límites de uso de armas, sino que introduce una vía alternativa de adiestramiento basada en simulación tecnológica.
- Los detalles operativos (por ejemplo, criterios de certificación, estándares mínimos de simuladores, plazos de implementación) dependerán de la reglamentación que emita el Superintendente si el proyecto avanza.

Compiled from official sources — confirm details with the bill’s official record.

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