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PS 113

Para añadir un nuevo inciso (3) al Artículo 127-C, enmendar los incisos (b) (1) y (b) (2) de la Ley Núm. 146-2012, según enmendada, conocida como “Código Penal de Puerto Rico”, y renumerar el actual inciso (b) (3), como inciso (b) (4), a los fines de disminuir la cantidad de fondos, activos o propiedad mueble o inmueble requerida para la configuración de delito menos grave y grave en casos de explotación financiera de personas de edad avanzada; y para otros fines relacionados.

2025-2028 Session

Reduce los umbrales monetarios que diferencian delitos menores y graves por explotación financiera de personas de edad avanzada, ampliando penas y casos a delitos graves.

Referido a Comisión(es)
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WeVote Research Nonpartisan
Bill Summary · PS 113

Resumen del Proyecto de Ley PS 113

Título (resumido): Modifica el Art. 127-C y secciones del Código Penal (Ley Núm. 146‑2012) para disminuir los umbrales monetarios que distinguen delitos menos graves y graves en casos de explotación financiera de personas de edad avanzada; añade un nuevo inciso (3) y renumera el actual (b)(3) como (b)(4).

Propósito principal

Reducir las cantidades de dinero, activos o bienes muebles o inmuebles que determinan si la explotación financiera contra personas de edad avanzada constituye un delito menos grave o un delito grave, con el fin de ampliar la conducta que se castiga con niveles más severos dentro del Código Penal de Puerto Rico y reforzar la protección de las personas mayores frente a la explotación financiera.

Disposiciones clave

  • Añade un nuevo inciso (3) al Artículo 127‑C (relativo a la explotación financiera de personas de edad avanzada).
  • Enmienda los incisos (b)(1) y (b)(2) de la Ley Núm. 146‑2012 (Código Penal) para reducir los montos/valores que diferencian entre delito menos grave y delito grave en casos de explotación financiera de adultos mayores.
  • Renumera el actual inciso (b)(3) como inciso (b)(4) para mantener coherencia estructural tras las adiciones.
  • Texto incluye lenguaje general de “y para otros fines relacionados”, indicando que pueden introducirse ajustes técnicos o procedimentales complementarios.

Nota: El texto suministrado no contiene los valores monetarios específicos ni los nuevos umbrales numéricos; el cambio descrito es de carácter sustantivo (bajar los umbrales) pero no detalla cifras en la versión disponible.

Quiénes se verían afectados

  • Personas de edad avanzada que sean víctimas de explotación financiera (según la definición legal aplicable).
  • Presuntos perpetradores: familiares, cuidadores, fiduciarios o terceros que se aprovechen económicamente de personas mayores.
  • Fiscalía, tribunales y cuerpos policiales: posible aumento de casos que califican como delitos graves y consecuentes procesos penales más frecuentes o con penas mayores.
  • Instituciones financieras y registrales: mayor atención en transacciones sospechosas e interacción con investigaciones.
  • Sistema penitenciario y de supervisión comunitaria en caso de incrementarse condenas por delitos graves.

Impacto esperado

  • Amplía el alcance penal de la protección a personas mayores al penalizar conductas que antes podrían haber sido tratadas como faltas o delitos menores.
  • Potencial incremento en la investigación y enjuiciamiento de casos de explotación financiera de personas mayores.
  • Mayores cargas procedimentales y recursos requeridos por fiscalía y tribunales, según la magnitud del ajuste de umbrales.
  • Efecto disuasorio hacia posibles explotadores, pero también posibles discusiones sobre proporcionalidad de sanciones para montos menores.

Estado legislativo y cronograma relevante

  • Radicado: 02‑ene‑2025.
  • Senado:
    • Primera lectura: 16‑ene‑2025; referido a comisiones.
    • Aprobado sin enmiendas y aprobado en votación final: 13‑feb‑2025.
    • Descargado / en calendario: 13‑feb‑2025; texto de aprobación final enviado al Senado.
  • Cámara de Representantes:
    • Aparece en primera lectura: 25‑feb‑2025; referido a comisión(es).
  • Próximos pasos: debate y votación en comisiones y en pleno de la Cámara; si se aprueba, remitirse al Gobernador para su sanción o veto.

Observaciones

  • Para evaluar plenamente el alcance práctico del proyecto es necesario conocer los nuevos umbrales monetarios propuestos y la definición legal de “persona de edad avanzada” aplicada en el Art. 127‑C o en otras disposiciones conexas del Código Penal.

Compiled from official sources — confirm details with the bill’s official record.

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