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PS 385

Para añadir un nuevo inciso (20) al Artículo 4 de la Ley Núm. 195 - 2012, según enmendada, conocida como "La Carta de Derechos del Estudiante", para reconocer el derecho de los estudiantes a participar en programas y actividades cívico-militares de cadetes en la comunidad escolar; enmendar el inciso (n) del Artículo 9.01 de la Ley Núm. 85 - 2018, según enmendada, conocida como "Ley de Reforma Educativa de Puerto Rico", con el propósito de reconocer el derecho de los estudiantes a no ser objeto de discrimen u hostigamiento por motivo de su participación en estos programas y actividades; y para otros fines relacionados.

2025-2028 Session

Reconoce explícitamente el derecho de estudiantes a participar en programas cívico-militares de cadetes y protege contra discriminación u hostigamiento por esa participación.

Ley 69-2025
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Bill Summary · PS 385

Resumen del Proyecto de Ley PS 385 (Ley 69‑2025)

Título corto: Reconocimiento del derecho de estudiantes a participar en programas y actividades cívico‑militares de cadetes y protección contra la discriminación u hostigamiento por dicha participación.

Propósito principal

Añadir al marco legal de derechos estudiantiles y a la Ley de Reforma Educativa el reconocimiento explícito del derecho de los estudiantes a participar en programas y actividades cívico‑militares de cadetes en el contexto escolar y protegerlos frente a actos de discriminación u hostigamiento por ese motivo.

Cambios legales concretos

  • Se incorpora un nuevo inciso (20) al Artículo 4 de la Ley Núm. 195‑2012 (conocida como "La Carta de Derechos del Estudiante") para reconocer expresamente el derecho de los estudiantes a participar en programas y actividades cívico‑militares de cadetes.
  • Se enmienda el inciso (n) del Artículo 9.01 de la Ley Núm. 85‑2018 ("Ley de Reforma Educativa de Puerto Rico") para reconocer el derecho de los estudiantes a no ser objeto de discriminación u hostigamiento por motivo de su participación en estos programas y actividades.
  • El texto oficial consagra el reconocimiento y la protección; no se detallan en el registro público otras disposiciones específicas (p. ej., sanciones nuevas, mecanismos administrativos adicionales). Por tanto, cualquier implementación práctica deberá articularse con los procedimientos y recursos ya existentes en la normativa educativa.

Quiénes se ven afectados

  • Estudiantes de centros públicos y, en la medida que apliquen las leyes citadas, potencialmente de centros privados que estén sujetos a la legislación correspondiente.
  • Personal docente y administrativo de escuelas (obligados a respetar y aplicar los derechos reconocidos).
  • Departamentos y agencias educativas (encargados de adaptar políticas, manuales y protocolos disciplinarios/antidiscriminación).

Impacto esperado

  • Refuerzo legal del derecho a participar en programas de cadetes dentro del entorno escolar.
  • Mayor protección contra actos de discriminación u hostigamiento relacionados con esa participación.
  • Necesidad de que las escuelas y el Departamento de Educación actualicen reglamentos, políticas de convivencia y procedimientos de queja para reflejar la nueva protección.
  • Posible reducción de casos de exclusión o sanciones injustificadas por motivos de participación en actividades cívico‑militares.

Cronología y estado legislativo

  • Radicado: 04‑mar‑2025
  • Trámites principales: audiencias públicas (07‑abr), aprobación en Senado (10‑abr‑2025) y Cámara (25‑jun‑2025), Comité de Conferencia (29‑30 jun‑2025).
  • Enviado a la Gobernadora: 15‑jul‑2025
  • Convertido en ley: Ley 69‑2025 (19‑jul‑2025).

Nota: El resumen se basa en el contenido y las anotaciones legislativas disponibles; el texto completo de la ley debe consultarse para detalles operativos, definiciones precisas y cualquier instrucción sobre implementación o recursos.

Compiled from official sources — confirm details with the bill’s official record.

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