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PS 1292

Para añadir un nuevo Artículo 9-A al Plan de Reorganización Núm. 2-2011, según enmendado, conocido como el “Plan de Reorganización del Departamento de Corrección y Rehabilitación de 2011”, a los fines de establecer la Carta de Dignidad Correccional para Mujeres bajo custodia; disponer garantías mínimas sobre higiene menstrual, salud ginecológica, embarazo, parto, posparto, lactancia, atención informada por trauma, vínculos familiares y uso excepcional de medios de sujeción; y para otros fines relacionados.

2025-2028 Session

Establishes the Dignity Charter for incarcerated women, guaranteeing menstrual products, comprehensive health care, trauma-informed care, and family/visitation rights.

Referido a Comisión(es)
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WeVote Research Nonpartisan
Bill Summary · PS 1292

Resumen del proyecto de ley PS 1292 (Sesión 2025-2028, Puerto Rico)

Propósito e intención

  • Crear una nueva Sección 9-A al Plan de Reorganización Núm. 2-2011, conocido como el Plan de Reorganización del Departamento de Corrección y Rehabilitación de 2011.
  • Establecer la Carta de Dignidad Correccional para Mujeres bajo custodia, con garantías mínimas en áreas de higiene menstrual, salud ginecológica, embarazo, parto, posparto, lactancia, atención informada por trauma, vínculos familiares y uso excepcional de medios de sujeción.
  • Buscar asegurar que la dignidad humana de las mujeres privadas de libertad no se vea supeditada a la seguridad institucional, la disciplina o las restricciones presupuestarias.

Principales disposiciones y cambios clave

  • Alcance (a): Aplica a todas las mujeres en custodia, incluyendo embarazo, parto, posparto, lactancia, condiciones ginecológicas, historial de trauma y responsabilidades familiares compatibles con la seguridad institucional.

  • Evaluación inicial (b): Realización de una evaluación confidencial y no invasiva al ingreso o durante procesos de clasificación para identificar necesidades en higiene menstrual, embarazo, lactancia, salud ginecológica, medicación y trauma.

  • Productos de higiene menstrual (c): Garantía de acceso gratuito, suficiente y no punitivo a productos menstruales. No depender del ingreso, no condicionarse a compras en comisaría, y no usarse como premio/castigo. Cobertura durante traslados, comparecencias, hospitalizaciones y otros escenarios de custodia temporal.

  • Salud ginecológica y preventiva (d): Acceso razonable a evaluación y servicios ginecológicos, con énfasis en prevención y continuidad de tratamiento. Incluye evaluaciones periódicas, orientación reproductiva, dolor/patrones menstruales, pruebas y referidos, confidencialidad y consentimiento informado.

  • Embarazo (e): Atención prenatal adecuada, continuidad de servicios y condiciones de custodia compatibles. Protocolos para identificación temprana, servicios prenatales, embarazos de alto riesgo, transporte seguro y plan de parto.

  • Nutrición y condiciones médicas (f): Evaluación de necesidades nutricionales, hidratación y ajustes razonables en dieta y medicamentos conforme al embarazo, posparto o lactancia.

  • Parto y posparto (g, h): Prohibición del uso rutinario de medios de sujeción durante parto y posparto, salvo riesgo extremo documentado. Detalles sobre autorización, documentación y manejo médico.

  • Lactancia y extracción de leche (i): Protocolos para facilitar lactancia y extracción de leche materna cuando sea médicamente viable y compatible con seguridad institucional; manejo higiénico y entrega coordinada.

  • Atención informada por trauma (j): Integrar principios de atención informada por trauma en servicios correccionales y de salud; capacitación del personal para reducir revictimización.

  • Vínculos familiares y visitas (k): Fomento de vínculos significativos con hijos e hijas, incluyendo mayores de edad con necesidades especiales. Opciones de visitas supervisadas, espacios menos intimidantes, comunicación y coordinación con familiares, y limites basados en seguridad y normativa.

  • Confidencialidad y registros (l, n, o): Protección de información médica y tratamiento digno; registros corporales respetuosos y manejo confidencial. Implantación compatible con contratos y normativas vigentes.

  • Quejas y prohibición de represalias (p): Derecho a presentar querellas por incumplimiento sin sufrir represalias. Priorización de casos relacionados con embarazo, parto, posparto y riesgos de salud.

  • Limitaciones de seguridad (q): Garantías sujetas a limitaciones razonables para proteger la seguridad institucional, con opción de medidas menos restrictivas cuando existan alternativas.

  • Implementación y financiamiento (r, c, 2): Implementación con recursos existentes del Departamento de Corrección y Rehabilitación, servicios de salud disponibles, acuerdos y donativos permitidos. No crea asignación presupuestaria automática ni nuevas plazas; posibilidad de donativos en especie y fondos federales permisibles.

  • Reglamentación y capacitación (Sección 2 y 5): 180 días para adoptar/revisar reglamentos y protocolos internos sobre higiene menstrual, salud ginecológica, embarazo, lactancia, trauma, visitas y quejas.

  • Vigencia y separación (Secciones 4 y 5): Vigencia inmediata tras aprobación; cláusula de separabilidad para conservar el resto si alguna parte fuera declarada inconstitucional.

Impacto previsto

  • Afectadas: Mujeres bajo custodia en Puerto Rico, incluidas aquellas embarazadas, en parto o posparto, lactantes y con condiciones ginecológicas o historial de trauma.
  • Institucional: Requiere ajustes operativos y protocolos en Corrección y Rehabilitación, con énfasis en dignidad, salud y seguridad; no implica nueva estructura administrativa ni aumento automático de presupuesto.
  • Beneficios esperados: Mayor acceso a productos de higiene, atención médica y apoyo para maternidad; protección contra represalias por hacer valer derechos; fortalecimiento de vínculos familiares y protección de la confidencialidad médica.
  • Riesgos/consideraciones: Implementación dependerá de recursos existentes y cooperación con proveedores de salud; posibles limitaciones por seguridad institucional cuando determinadas circunstancias lo requieran.

Compiled from official sources — confirm details with the bill’s official record.

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