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PS 797

Para añadir un nuevo Artículo 7.015-A a la Ley 107-2020, según enmendada, conocida como “Código Municipal de Puerto Rico”, a los fines de crear el “Fondo de Servicios Esenciales y Responsabilidad Fiscal Municipal; disponer sobre la fórmula a utilizarse por el Centro de Recaudación de Ingresos Municipales para la distribución de los recursos del Fondo; establecer mecanismos para la rendición de cuentas; y para otros fines relacionados.

2025-2028 Session

Crea el Fondo de Servicios Esenciales y Responsabilidad Fiscal Municipal para asegurar servicios básicos y disciplina fiscal, distribuyendo recursos vía una fórmula del CRIM.

Comisión no recomienda aprobación de la medida
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WeVote Research Nonpartisan
Bill Summary · PS 797

Resumen informativo: PS 797

Título del proyecto: Para añadir un nuevo Artículo 7.015-A a la Ley 107-2020, según enmendada, conocida como “Código Municipal de Puerto Rico”, a los fines de crear el “Fondo de Servicios Esenciales y Responsabilidad Fiscal Municipal”; disponer sobre la fórmula a utilizarse por el Centro de Recaudación de Ingresos Municipales para la distribución de los recursos del Fondo; establecer mecanismos para la rendición de cuentas; y para otros fines relacionados.

Estado y antecedentes procesales
- Introducido: 16 de octubre de 2025
- Primera lectura en el Senado: 20 de octubre de 2025
- Referido a comisiones: 20 de octubre de 2025
- Radicado: 16 de octubre de 2025
- Clasificación: proyecto de ley

Visión general
- Propósito central: Crear un nuevo fondo financiero para apoyar servicios esenciales en los municipios y promover la responsabilidad fiscal municipal.
- Marco institucional: Añadiría el Artículo 7.015-A a la Ley 107-2020 (Código Municipal de Puerto Rico).

Provisiones clave (proyecto en términos generales)
- Creación del Fondo de Servicios Esenciales y Responsabilidad Fiscal Municipal (el Fondo).
- Objetivo: asegurar la continuidad de servicios básicos en los municipios y promover la disciplina fiscal.
- Fórmula de distribución.
- El proyecto dispone que la distribución de los recursos del Fondo se determine mediante una fórmula establecida por el Centro de Recaudación de Ingresos Municipales (CRIM).
- El texto no especifica la fórmula en la versión disponible; el CRIM quedaría encargado de definir la metodología de distribución.
- Rendición de cuentas y supervisión.
- Se establecen mecanismos para la rendición de cuentas respecto a la gestión y uso de los fondos.
- Podrían incluir informes periódicos, supervisión y posibles auditorías o evaluaciones de desempeño, sujeto a lo que determine la normativa final.
- Fines relacionados.
- El Fondo y sus mecanismos se diseñan “para otros fines relacionados” conforme a la necesidad de fortalecer la estructura fiscal y de servicios municipales dentro del marco del Código Municipal.

Ámbito de aplicación y actores afectados
- Municipios de Puerto Rico: serían beneficiarios de los recursos distribuidos desde el Fondo, sujeto a la fórmula de CRIM.
- CRIM (Centro de Recaudación de Ingresos Municipales): responsable de diseñar y aplicar la fórmula de distribución de los recursos del Fondo.
- Ciudadanía y usuarios de servicios municipales: potencial impacto en la continuidad y calidad de servicios esenciales a nivel local.
- Entidades fiscales municipales: podrían verse afectadas en sus presupuestos y planes de gasto municipales, bajo las condiciones de la distribución y rendición de cuentas.

Impacto fiscal y operatividad
- Fuente de financiamiento: no especificada en la información disponible; el texto indica que los recursos del Fondo serían distribuidos mediante una fórmula de CRIM.
- Implicaciones presupuestarias: dependen de las fuentes de financiamiento y de la magnitud de aportes al Fondo, así como de las reglas de distribución y rendición de cuentas que se definan en la versión final.
- Implementación: la creación de la fórmula por CRIM y los mecanismos de rendición de cuentas requerirán reglamentación y posiblemente enmiendas adicionales a la legislación existente; la executividad dependerá de su aprobación en el proceso legislativo y de los reglamentos correspondientes.

Notas finales
- Actualmente, el proyecto se encuentra en fases iniciales de revisión en comisiones tras su radicación. Los detalles operativos (fuentes de fondos, criterios específicos de la fórmula, requisitos de informes y auditoría) quedarán definidos en la discusión legislativa y en reglamentos subsiguientes.

Compiled from official sources — confirm details with the bill’s official record.

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