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PS 705

“Para añadir un nuevo Artículo 24 y renumerar los actuales Artículos 24, 25, 26, 27, 28, 29, 30, 31, 32 como los Artículos 25, 26, 27, 28, 29, 30, 31, 32 y 33 de la Ley 8-2004, según enmendada, conocida como “Ley Orgánica del Departamento de Recreación y Deportes”, con el fin de promover la innovación, tecnología e inteligencia artificial en el deporte; y para otros fines.”

2025-2028 Session

Agregar un Artículo 24 a la Ley 8-2004 para promover innovación, tecnología e IA en deporte, con nuevas atribuciones al Departamento y posibles alianzas para datos y entrenamiento.

Veto Expreso
0
WeVote Research Nonpartisan
Bill Summary · PS 705

Resumen del Proyecto de Ley PS 705

Propósito principal

El Proyecto PS 705 propone añadir un nuevo Artículo 24 a la Ley 8-2004, según enmendada (conocida como “Ley Orgánica del Departamento de Recreación y Deportes”), y renumerar los actuales Artículos 24–32 como Artículos 25–33. El objetivo declarado es promover la innovación, la tecnología y la inteligencia artificial (IA) en el deporte, además de “otros fines” complementarios indicados por el texto remitido.

Cambios formales propuestos

  • Inserción de un nuevo Artículo 24 en la Ley 8-2004.
  • Renumeración de los actuales Artículos 24, 25, 26, 27, 28, 29, 30, 31, 32 como Artículos 25, 26, 27, 28, 29, 30, 31, 32 y 33, respectivamente.
  • Estas modificaciones son de naturaleza estructural y crean espacio legal dentro de la Ley Orgánica para disposiciones específicas relacionadas con innovación y tecnologías aplicadas al deporte.

Ámbito y efectos previstos

Aunque el texto íntegro del nuevo artículo no se incluye aquí, el título y el propósito indican que el nuevo artículo busca:
- Otorgar al Departamento de Recreación y Deportes facultades para impulsar iniciativas tecnológicas y proyectos de IA en programas deportivos.
- Facilitar la adopción de tecnologías (por ejemplo, análisis de datos, sistemas de monitoreo, plataformas digitales) en gestión deportiva, formación atlética, prevención de lesiones y optimización del rendimiento.
- Posiblemente habilitar convenios con entidades públicas y privadas, programas de capacitación, reglas sobre manejo de datos y evaluación de tecnologías deportivas.

Quiénes se verían afectados

  • Departamento de Recreación y Deportes: nuevas atribuciones, políticas y programas.
  • Federaciones, atletas y personal técnico: acceso y regulación de tecnologías e IA en entrenamiento y competencia.
  • Proveedores de tecnología, universidades e institutos de investigación: potenciales socios para proyectos, pruebas piloto y contratos.
  • Organismos regulatorios y de protección de datos: posible necesidad de nuevas normas sobre privacidad, ética y uso de IA en el deporte.

Procedimiento legislativo y cronología clave

  • Radicado: 25 de agosto de 2025.
  • Senado — Primera lectura: 28 de agosto de 2025; referido a comisión.
  • Vista pública: 2 de octubre de 2025 (Salón Luis A. Negrón López).
  • Informe de comisión con enmiendas: 17 de octubre de 2025; remitido a Reglas y Calendario.
  • Aprobado por el Senado (con enmiendas): 23 de octubre de 2025; texto final enviado a la Cámara.
  • Cámara — Apareció en Primera Lectura: 30 de octubre de 2025; referido a comisión(s).

Observaciones

  • El proyecto modifica la estructura de la Ley 8-2004 para crear marco legal que favorezca la innovación tecnológica en el deporte, pero el contenido exacto del nuevo Artículo 24 (competencias, límites, financiamiento, salvaguardas) no está incluido en el sumario provisto. La evaluación del impacto dependerá del texto final del artículo y de las enmiendas aprobadas en la Cámara.

Compiled from official sources — confirm details with the bill’s official record.

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