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PC 44

Para añadir un inciso (ll) al Artículo 8 de la Ley 139-2008, según enmendada, mejor conocida como “Ley de la Junta de Licenciamiento y Disciplina Médica”; para facultar a la Junta de Licenciamiento y Disciplina Médica a establecer una Certificación de Especialidad en Acupuntura Médica dentro de la jurisdicción de Puerto Rico y la potestad de validar cualquier programa de residencia estatal creado para la práctica de la especialidad en Acupuntura Médica para la cual se establece la Certificación establecida en este inciso por cualquier Centro, Hospital o Escuela de Medicina en Puerto Rico; establecer el poder de reglamentar a la Junta para el establecimiento de parámetros y requisitos para la implementación de esta Ley; establecer una Clausula General de reserva de derechos (“grandfather clause”); y para otros fines relacionados..

2025-2028 Session

Permite a la Junta de Licenciamiento y Disciplina Médica crear una Certificación de Especialidad en Acupuntura Médica y validar programas de residencia en Puerto Rico.

Comisión no recomienda aprobación de la medida
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Bill Summary · PC 44

Resumen del Proyecto de Ley PC 44

Propósito principal

El proyecto PC 44 propone añadir un inciso (ll) al Artículo 8 de la Ley 139-2008, según enmendada (Ley de la Junta de Licenciamiento y Disciplina Médica). Su objetivo es facultar a la Junta para:
1) establecer una Certificación de Especialidad en Acupuntura Médica dentro de la jurisdicción de Puerto Rico; y 2) validar programas de residencia estatales creados para la práctica de esa especialidad por Centros, Hospitales o Escuelas de Medicina en Puerto Rico. Además otorga a la Junta la potestad reglamentaria para fijar parámetros y requisitos y prevé una cláusula general de reserva de derechos (grandfather clause).

Disposiciones clave

  • Inserción de un nuevo inciso (ll) en el Art. 8 de la Ley 139-2008 que:
    • Autoriza formalmente la creación de una Certificación de Especialidad en Acupuntura Médica.
    • Confía en la Junta la validación de programas de residencia en la especialidad que se establezcan localmente.
    • Confiere a la Junta la facultad de dictar reglamentos para establecer requisitos, estándares de formación, supervisión, acreditación y evaluación para la certificación y los programas residenciales.
    • Incluye una cláusula de "grandfather" que permite reconocer ciertos profesionales o titulaciones previas bajo condiciones que la Junta determine.
  • Remite a la reglamentación posterior para detallar criterios: duración de residencia, currículo, requisitos de ingreso, exámenes de competencia, supervisión clínica, etc.

Quiénes se verían afectados

  • Médicos interesados en especializarse en acupuntura médica dentro de Puerto Rico.
  • Centros médicos, hospitales y escuelas de medicina que desarrollen y soliciten validación de programas de residencia.
  • La Junta de Licenciamiento y Disciplina Médica (responsable de implementar y fiscalizar).
  • Pacientes y aseguradoras (posible impacto en reconocimiento de prestaciones, reembolso y estándares de atención).
  • Profesionales ya ejercientes (posible inclusión en la cláusula de reserva de derechos).

Procedimiento y estado legislativo

  • Radicado: 02-ene-2025
  • Cámara de Representantes: Aprobado con enmiendas y en votación final el 10-jun-2025; 1er informe de Comisión (15-may-2025) rendido sin enmiendas.
  • Senado: Apareció en Primera Lectura el 12-jun-2025 y referido a comisión.
  • Comisión del Senado emitió el 19-ago-2025: “Comisión no recomienda aprobación de la medida” (estado actual).

Impacto y observaciones

  • Si se aprobara, establecería un marco local para la certificación y formación especializada en acupuntura médica, elevando la regulación y potencialmente la seguridad y la estandarización formativa.
  • Los detalles operativos (requisitos, alcance de la certificación, reconocimiento de instructores/preexistentes, efectos sobre el reembolso) dependerán de la reglamentación que la Junta adopte.
  • La recomendación negativa de la comisión del Senado indica que, en este momento, la medida está estancada salvo que sea reconsiderada o modificada.

Compiled from official sources — confirm details with the bill’s official record.

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