Bill
PC 327
Para añadir el Artículo 2.13(a) de la Ley 85-2018, a los fines de establecer que deberá haber dos (2) Psicólogos Escolares asignados a cada escuela con quinientos (500) estudiantes o menos y si el plantel escolar cuenta con más de quinientos (500) estudiantes, deberá asignarse un Psicólogo Escolar adicional y para enmendar el Artículo 1.03 de la Ley 85-2018 a los fines de añadir que para ser Psicólogo Escolar se necesita tener una especialidad en Psicología Escolar o mostrar evidencia de las competencias en el área de la Psicología Escolar del Departamento de Educación del Estado Libre Asociado de Puerto Rico.
The bill would require minimum school psychologist staffing by enrollment and raise credential standards to ensure only credentialed or competent psychologists serve in Puerto Rico